jueves, 11 de abril de 2013

'Rasuran' iniciativa para dar protección a periodistasPDFPrintE-mail
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Written by Javier Olmos on Thursday, 11 April 2013 12:54   
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Comisiones del Senado eliminaron la propuesta de crear una fiscalía especial para atender delitos contra periodistas -con rango de ley, autonomía plena de gestión y capacidad financiera- que estaba incluida en el dictamen sobre reformas secundarias para proteger la labor de trabajadores de medios de comunicación
Por unanimidad, las Comisiones Unidas de Justicia, Derechos Humanos y Estudios Legislativos del Senado aprobaron los criterios con los que el Ministerio Público federal podrá atraer e investigar las agresiones a periodistas y medios de comunicación, pero dejaron fuera de la nueva norma la creación de una Fiscalía Especializada.
Esa fiscalía especial -prevista en los primeros proyectos de dictamen de las comisiones- tenía la facultad de investigar los delitos contra periodistas y fue rasurada a petición de la bancada del PRI, con el argumento de dejar que la Procuraduría General de la República (PGR) concluya con su reorganización interna.
El dictamen establece que el MP tendrá -por sí mismo- la facultad de atraer el caso cuando haya omisión de las autoridades locales o cuando participen servidores públicos a nivel estatal o municipal, o cuando la víctima o medio de comunicación lo soliciten.
Se prevé que este jueves sea aprobado el paquete de reformas secundarias al Código Federal de Procedimientos Penales, las leyes orgánicas del Poder Judicial de la Federación y de la PGR, así como el Código Penal Federal.
En este último, se establece que cuando se cometa un delito doloso en contra de algún periodista o instalación con la intención de limitar la libertad de expresión o de imprenta, se aumentará hasta en un tercio la pena establecida para tal delito o se incremente hasta en 50% cuando el agravio sea cometido por algún servidor público.
Al dictamen finalmente también se le retiró la posibilidad de crear Fiscalías Especiales a nivel estatal: "En la iniciativa que circuló inicialmente se preveía la creación en ley de la Fiscalía Especializada; sin embargo, por una solicitud y propuesta que hizo la bancada del PRI se sustituyó por un transitorio".
De aprobarse este dictamen, el cual aún debe pasar por la Cámara de Diputados, se establece que un plazo de 180 días naturales el Ejecutivo federal deberá expedir las adecuaciones al Reglamento de la Ley Orgánica de la PGR, a efecto de crear una unidad administrativa que conozca de los delitos federales cometidos contra algún periodista, persona o instalación que atenten contra el derecho a la información o las libertades de expresión o imprenta.
En tanto se expiden las adecuaciones en la PGR, la actual Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión ejercerá las atribuciones establecidas en el presente decreto.
El predictamen tenía la intención de que la Fiscalía Especializada para la Atención de Agresiones a Periodistas tuviera rango de ley, autonomía plena de gestión y capacidad financiera para desarrollar adecuadamente su función.
Además, anteriormente se abría la posibilidad de crear Fiscalías Especializadas a nivel estatal para que coadyuvaran o se coordinaran con las investigaciones.
Al respecto, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Angélica de la Peña, explicó que es necesario dejar que la PGR termine la reorganización de funciones que tiene y que seguirá teniendo, "es pertinente que les demos esa oportunidad".
Atracción MP federal
Los casos de delitos presumiblemente dolosos del fuero común cometidos contra algún periodista, persona o instalación, que afecten, limiten o menoscaben el derecho a la información o a las libertades de expresión, el Ministerio Público ejercerá su facultad de atracción para conocerlos y perseguirlos, y los jueces federales tendrán, asimismo, competencia para juzgarlos.
Con esto, las agresiones contra periodistas no se federalizan, más bien la Federación los atraerá cuando existan indicios de participación de algún servidor público, cuando la víctima señale a algún servidor público como responsable o cuando se trate de delitos graves.
También cuando la vida o integridad física de la víctima u ofendido se encuentre en riesgo real, cuando lo solicite la autoridad competente de la entidad, cuando los hechos impacten en el ejercicio al derecho a la información, cuando en la entidad existan circunstancias de riesgo para ejercer el derecho a la información o por sentencia de un órgano previsto en cualquier tratado internacional.
El Ministerio Público de la Federación deberá determinar el ejercicio de la facultad de atracción dentro de las 48 horas siguientes a la presentación de la solicitud.
Además, cuando a la víctima se le niegue el ejercicio de la facultad de atracción podrá interponer, ante el procurador general de la República un recurso de reconsideración dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha que se le hubiera notificado. La autoridad a su vez deberá responder en menos de 48 horas.
En todos los casos que el MP federal atraiga el caso, deberá agotar las diversas líneas de investigación relativas a la afectación, limitación o menoscabo del derecho a la información o de las libertades de expresión.

El Universal

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